Revista Voces contra la Trata de Mujeres | Proyecto ESPERANZA Adoratrices » Jurídico http://voces.proyectoesperanza.org Revista especializada sobre Trata de Personas y Derechos Humanos Tue, 22 Apr 2014 10:17:28 +0000 es-ES hourly 1 http://wordpress.org/?v=3.6.1 Datos sobre el Período de Restablecimiento y Reflexión http://voces.proyectoesperanza.org/datos-sobre-el-periodo-de-restablecimiento-y-reflexion/ http://voces.proyectoesperanza.org/datos-sobre-el-periodo-de-restablecimiento-y-reflexion/#comments Wed, 30 Nov 2011 09:30:39 +0000 voces http://voces.proyectoesperanza.org/?p=352 Recogemos en este apartado los escasos datos oficiales que existen sobre la aplicación del Período de Restablecimiento y Reflexión (Artículo 59 bis. Ley 4/2000). A la luz de esta información nos preguntamos si esta medida está favoreciendo de forma efectiva o no la desvictimización de las mujeres que han sufrido la trata.

En la página 39 del II Informe del Plan Integral de Lucha contra la Trata, a pie de página, se recoge que, en el año 2010, a “523 mujeres víctimas potenciales en situación irregular se les ofreció el Período de Restablecimiento y Reflexión, únicamente 43 aceptaron su tramitación”.

El lenguaje utilizado en el Informe abre varias cuestiones tales como qué se entiende por “ofrecer”. Es importante destacar que los procesos de identificación de las víctimas son complejos y requieren un encuentro en el que se facilite la confianza de la mujer, se le explique con claridad, transparencia, en un contexto y en un idioma que puedan entender en qué consiste dicha medida. Únicamente de esta forma es posible que las mujeres logren comprender y acceder a este derecho.

Asimismo, se echan de menos datos sobre a cuántas víctimas de las 43 que solicitaron dicho período les fue concedido el permiso.

¿Cómo, en qué momento y quién está identificando a las mujeres víctimas de la trata?

Cabe destacar que por parte del Proyecto ESPERANZAse han identificado, en el mismo período de tiempo, 56 nuevos casos de trata con fines de explotación en los que las víctimas han solicitado el apoyo residencial y/o ambulatorio.

 

 

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¿y ahora qué?… http://voces.proyectoesperanza.org/%c2%bfy-ahora-que/ http://voces.proyectoesperanza.org/%c2%bfy-ahora-que/#comments Mon, 21 Nov 2011 14:02:49 +0000 voces http://voces.proyectoesperanza.org/?p=480
  • Proyecto ESPERANZA reclama a los partidos políticos que han conseguido representación parlamentaria que refuercen su compromiso y voluntad política de cara a la nueva legislatura, para lograr combatir la trata de personas y proteger los derechos de las víctimas con mayor rigor.
  • España deberá trasponer en el plazo de 2 años la nueva Directiva Europea* para combatir la trata de seres humanos, aprobada en abril de 2011 por el Parlamento y el Consejo de la UE.
  • El Protocolo Marco de Protección de las Víctimas de Trata de Seres Humanos con Fines de Explotación, aprobado por el Gobierno, el pasado 28 de octubre, sienta las bases para establecer las pautas de actuación y favorecer la coordinación entre las instituciones públicas y privadas implicadas pero ha dejado cuestiones fundamentales sin definir.
  • Madrid, 21 de noviembre de 2011. La Unión Europea ha reafirmado su preocupación y compromiso en la lucha contra la trata de seres humanos y la protección a las víctimas con la aprobación, el pasado mes de abril, de la *Directiva Europea relativa a la prevención y lucha contra la trata de seres humanos y a la protección de las víctimas (2011/36/EU).

    La Directiva: oportunidad para abordar la Trata de Seres Humanos de forma integral
    Entre sus objetivos la Directiva persigue un mayor rigor en la prevención, el enjuiciamiento y la protección de los derechos de las víctimas y adopta un enfoque integrado, global y basado en los derechos humanos de las víctimas de la trata para luchar contra el delito.

    La Directiva establece normas mínimas con relación a la definición del delito y a las sanciones que los Estados deben imponer e introduce disposiciones comunes para mejorar la prevención del delito y la protección de las víctimas desde una perspectiva de género,

    Los Estados miembros deberán garantizar que la investigación o el enjuiciamiento del delito no dependan de la interposición de la denuncia por parte de la víctima y que las personas, unidades o servicios responsables tienen la formación adecuada e instrumentos de investigación eficaces.

    Con relación a la asistencia y el apoyo a las víctimas del delito la Directiva establece la necesidad de que las víctimas están en condiciones de ejercer sus derechos de forma efectiva. Con este fin  se le deberá ofrecer apoyo en cuanto existan indicios razonables para suponer que la persona ha sido objeto del delito, sin supeditarlas a que la víctima coopere con las autoridades policiales o judiciales, antes, durante y por un periodo de tiempo adecuado después del proceso penal. Y se garantizará su acceso a medidas necesarias para permitirles recuperarse y escapar de la influencia de sus traficantes, entre ellas: alojamiento apropiado y seguro, asistencia material, tratamiento médico y psicológico, asesoramiento e información.  

    El plazo máximo para incorporar a nuestra legislación las medidas previstas en la Directiva es de dos años.  

    La opinión del Proyecto ESPERANZA
    Marta González, Coordinadora de Proyecto ESPERANZA añade: “En los últimos años se han logrado avances muy significativos en materia de lucha contra la trata de personas en España, como consecuencia de la ratificación del Convenio del Consejo de Europa y la aprobación del Plan Nacional contra la Trata. Se han modificado normas fundamentales para luchar contra el delito y proteger a las víctimas como el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y el artículo 59 bis de la Ley de Extranjería que reconoce nuevos derechos y medidas de protección a las víctimas de la trata. El reto en este momento es lograr que las víctimas de este delito puedan lograr ejercer sus derechos de forma efectiva”.  

    RECOMENDACIONES PARA LA PRÓXIMA LEGISLATURA

    Proyecto ESPERANZA solicita a los partidos políticos una voluntad política y real para combatir la Trata de Personas y especialmente para proteger los derechos de las víctimas desde una apuesta clara por los Derechos Humanos, haciendo las siguientes recomendaciones:

    •    Elaborar una Ley Integral de Protección de los Derechos de las Víctimas de Trata, para  garantizar un tratamiento integral, multidisciplinar y coordinado de este problema. A través de esta Ley el Estado español deberá incorporar las medidas establecidas en la Directiva Europea para combatir la Trata de Seres Humanos.  

    ◦    Mejorar y garantizar la coordinación entre las autoridades competentes en la identificación y derivación de víctimas y supuestas víctimas y las entidades especializadas, en el ámbito estatal, autonómico y local, articulando la relación entre el Protocolo Marco de Protección a Víctimas y los Protocolos Autonómicos que existen.

    ◦    Definir conceptos fundamentales como “colaboración con las autoridades y “situación personal de la víctima” que han quedado sin definir en el Protocolo Marco aprobado en el mes de octubre de 2011.

    •    Elaborar, un Plan Integral contra la Trata de Seres Humanos de alcance global, en coherencia con la Ley propuesta, no limitado a la trata con fines de explotación sexual, que incorpore las conclusiones y aprendizajes que se deriven de la evaluación del El I Plan Integral contra la Trata de Personas con fines de explotación sexual (2008-2011), principalmente valorando su impacto en la protección de los derechos de las víctimas.  

    ◦    El Foro Social contra la Trata previsto en el Plan debe poder desarrollar un papel activo y efectivo de intercambio, propuesta, consulta y coordinación entre la Administración Pública y las entidades de la sociedad civil especializadas.

    •    Garantizar los recursos necesarios para la identificación, protección y asistencia de las víctimas de trata de seres humanos como víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

    ◦    Mantener la dotación presupuestaria destinada a la línea de colaboración con las organizaciones implicadas, teniendo en cuenta especiales situaciones de vulnerabilidad como es el caso de los menores de edad.

    Proyecto ESPERANZA organiza el próximo 30 de noviembre la Jornada Trata de Mujeres | Victimización y Revictimización VS Empoderamiento y Resiliencia en el Círculo de Bellas Artes de Madrid. La jornada está dirigida a agentes públicos y privados que por su trabajo intervienen o pueden entrar en contacto con la realidad de la trata. Más información:
    http://www.proyectoesperanza.org/revictimizacion/
     

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    Principales recomendaciones al Protocolo Marco de Atención a Víctimas de Trata http://voces.proyectoesperanza.org/principales-recomendaciones-al-protocolo-marco-de-atencion-a-victimas-de-trata/ http://voces.proyectoesperanza.org/principales-recomendaciones-al-protocolo-marco-de-atencion-a-victimas-de-trata/#comments Mon, 17 Oct 2011 10:11:49 +0000 voces http://voces.proyectoesperanza.org/?p=323 ASUNTOS PENDIENTES: DEFINIR “COLABORACIÓN CON LAS AUTORIDADES” Y “SITUACIÓN PERSONAL” Y GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS ENTIDADES SOCIALES ESPECIALIZADAS

    • El pasado viernes se cerró el plazo para que las entidades sociales enviaran sus recomendaciones al borrador del Protocolo Marco, presentado en el Foro Social Contra la Trata el pasado 11 de octubre, tras la aprobación del Reglamento de Extranjería* el pasado mes de julio.
    • Proyecto ESPERANZA junto con otras entidades consideran clave definir  en el Protocolo Marco que establece las pautas de actuación para la detección, identificación, asistencia y protección de las víctimas de trata de seres humanos conceptos tan relevantes como “colaboración con las autoridades” y “situación personal”, con el fin de evitar la inseguridad jurídica y la arbitrariedad en su interpretación y aplicación.
    • Las  entidades sociales especializadas en la asistencia integral a víctimas reivindican que se garantice en el protocolo su participación a lo largo de todos los procesos previstos en el protocolo, con el fin de poder ofrecer a las víctimas una correcta información y asistencia que cubra sus necesidades y asegure el acceso a sus derechos.

    Madrid, 17 de octubre de 2011. El viernes pasado, la Red Española Contra la Trata de Personas de la que Proyecto ESPERANZA es miembro entregó un documento a la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género con las recomendaciones y propuestas al Protocolo Marco de Atención a Víctimas.

    Retos pendientes en la protección a victimas

     

    Marta González, Coordinadora del Proyecto ESPERANZA dice: “El protocolo debe incluir unos PRINCIPIOS GENERALES DE ACTUACIÓN en los cuales se conceptualice la trata de seres humanos como una grave violación a los derechos humanos y se establezca que siempre debe primar el interés de proteger a la víctima, colocando la defensa de sus derechos en el centro de cualquier actuación que se lleve a cabo y evitando su revictimización”.

     

    La  lucha contra este fenómeno se debe desarrollar de una manera multidisciplinar y coordinada, garantizando la cooperación y la complementariedad entre todas las administraciones y entidades especializadas que participen en la detección, la identificación y la asistencia a las víctimas de la trata.

    El Protocolo debe garantizar la participación de las organizaciones y entidades con experiencia acreditada en la asistencia integral a víctimas en todos los procesos previstos en el Protocolo, especialmente en la detección de casos, la identificación, valoración de la existencia de indicios de trata, valoración de la situación personal de la víctima y asistencia para cubrir sus necesidades.

    Resulta esencial definir en el Protocolo conceptos tan relevantes para el acceso a derechos de las víctimas como “colaboración con las autoridades” y “situación personal”, con el fin de evitar la inseguridad jurídica y la arbitrariedad en su interpretación y aplicación. Proponemos las siguientes definiciones:

    • Colaboración con las autoridades: Se entenderá que las víctimas o presuntas víctimas de trata colaboran con las autoridades cuando aporten la información de la que disponen y ésta permita iniciar una investigación policial o judicial del delito de trata u otros relacionados.
    • Situación personal: Se entenderá que existe una situación personal que motiva la concesión de una autorización de residencia y trabajo cuando concurren factores que aconsejen la permanencia de la víctima en territorio español en base a circunstancias tales como su salud, seguridad, situación familiar, situación social, vulnerabilidad, su participación en programas de atención integral para su recuperación e integración social en España, o cualquier otro que se considere relevante.

    El Proyecto ESPERANZA lleva más de 11 años acompañando y facilitando una salida a más de 600 mujeres víctimas de la trata.

    * Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

     

    * Previsto en el del artículo 140 del Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el *Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

    Descarga el documento completo en:

    http://www.slideshare.net/ProyectoEsperanza/recomendaciones-al-protocolo-marco-de-atencin-a-vctimas-de-trat

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    Valoración del Nuevo Marco Jurídico contra la Trata de Seres Humanos http://voces.proyectoesperanza.org/valoracion-del-nuevo-marco-juridico-contra-la-trata-de-seres-humanos/ http://voces.proyectoesperanza.org/valoracion-del-nuevo-marco-juridico-contra-la-trata-de-seres-humanos/#comments Thu, 02 Dec 2010 02:37:20 +0000 voces http://voces.proyectoesperanza.org/?p=102 El día 2 de diciembre de 2010, Día Internacional para la Abolición de la Esclavitud, el Proyecto Esperanza ha hecho pública su Valoración del Nuevo Marco Jurídico contra la Trata de Seres Humanos basado en el análisis de casos reales. En los últimos dos años se han dado avances significativos aprobando nuevas medidas de lucha contra la trata de personas en España. El análisis presentado se centra en dar a conocer y valorar el contenido de las nuevas medidas adoptadas, especialmente aquellas destinadas a proteger y promover los derechos de las víctimas, y en analizar las dificultades detectadas para su aplicación efectiva y formular recomendaciones. El objetivo es evitar que estos avances queden en “papel mojado” y pasar del discurso a los hechos y del papel a la práctica.

     

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